Los Lineamientos generales para la educación intercultural de los niños y niñas indígenas de la Dirección General de Educación Indígena publicados en 1999, establecen la obligación del Estado Mexicano de reconocer los derechos lingüísticos y culturales de los pueblos indígenas, en tanto pueblos originarios y lenguas nacionales. En este sentido, como se indica en la introducción de este Campo de Formación Académica, el marco legal vigente exige la enseñanza de la lengua materna de los niños indígenas como lengua de instrucción y como objeto de estudio, así́ como la enseñanza del español como segunda lengua. Por tal razón, desde el 2011 se integró el documento Parámetros Curriculares de la Asignatura de Lengua indígena. Lengua Indígena. Primaria indígena al plan y los programas de estudio de educación básica nacionales para presentar los lineamientos para la creación de las asignaturas de Lengua Indígena dirigidas a niños que practican alguna como lengua materna o segunda lengua, independientemente de su nivel de bilingüismo en español u otra lengua.
En la actual reforma, las asignaturas Lengua Materna. Lengua Indígena y Segunda Lengua. Lengua Indígena, se actualizan dentro del Campo de Formación Académica de Lenguaje y Comunicación, integrándose a su vez la asignatura de Segunda Lengua. Español, con el fin de cumplir con el marco legal vigente, tal como lo indica el segundo articulo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: “Garantizar e incrementar los niveles de escolaridad, favoreciendo la educación bilingüe e intercultural, la alfabetización”.
México es un país plurilingüe y pluricultural donde confluyen una gran variedad de lenguas y pueblos con sus propias tradiciones, usos y costumbres. “Lengua indígena” es un nombre genérico para referirse a las lenguas indígenas nacionales que se hablan en el territorio nacional: existen en nuestro país 68 agrupaciones lingüísticas que comprenden más de 364 variantes (INALI);114 esta es la razón por la que no es conveniente fijar un programa de estudio genérico para tal diversidad de lenguas, ya que cada una de ellas requiere integrar contenidos particulares, acordes a sus propiedades gramaticales y a sus manifestaciones culturales.115 De ahí que este documento difiera de los otros que conforman el Campo de Formación Académica.
En este documento se establecen las orientaciones generales para la creación de los programas de estudio de las asignaturas Lengua Materna. Lengua Indígena y Segunda Lengua. Lengua Indígena. Se especifican lineamientos lingüísticos, propósitos, enfoque pedagógico, descripción de los organizadores curriculares y dosificación de Aprendizajes esperados, incluyendo orientaciones didácticas y sugerencias de evaluación.
La construcción de los programas de estudio para cada lengua y su actualización es responsabilidad de comisiones estatales o interestatales (cuando una lengua se habla en más de una entidad) integradas por representantes de una misma lengua; quienes trabajarán con base en los lineamientos establecidos en esta propuesta; de esta manera se asegura el mando constitucional en el que se indica:
b. La Federación, los Estados y los Municipios, para promover la igual- dad de oportunidades de los indígenas y eliminar cualquier practica discriminatoria, establecerán las instituciones y determinaran las políticas necesarias para garantizar la vigencia de los derechos de los indígenas […], las cuales deberán ser diseñadas y operadas conjunta- mente con ellos.
Plurilingüismo y escenarios sociolingüísticos en las instituciones educativas.